Por: Lic. Roberto Caraballo

Estoy
cien por ciento en contra de que dicho paisaje natural sea explotado con fines
económico, ya que esto iría en detrimento de la presente y futura generaciones
como lo expresa muy bien el famoso escritor español Calderón de la Barca en su célebre frase "Se puede vivir dos meses sin comida y dos semanas sin agua,
pero sólo se puede vivir unos minutos sin aire.
La tierra no es una
herencia de nuestros padres, sino un préstamo de nuestros hijos. El amor es la
fuerza más grande del universo, y si en el planeta hay un caos medioambiental
es también porque falta amor por él. Hay suficiente en el mundo para cubrir las
necesidades de todos los hombres, pero no para satisfacer su codicia."
El medio ambiente debe
ser protegido por encima de quien sea y caiga quien caiga; porque así está
establecido en la constitución y las leyes dominicanas. La carta magna es soberana a todas ley,
decreto reglamento y resolución contrario a ella.
Esos ¨macarras de la
moral¨, como le dice el cantautor español Joan Manuel Serrat, a todos los que
juegan a la doble moral, como es el caso las organizaciones llamada “grupo populares”, que no hicieron lo propio con una ley
aprobada por el congreso y promulgada por el ejecutivo, que si viola en varios artículos
la constitución, como la es la ley 169-14 y su reglamento, así como el decreto 250.
Son inconstitucionales, porque ya estaba todo previsto antes de
esta legislación, estos instrumentos jurídicos le dan deberes y derechos a
ciudadanos extranjeros que no le corresponden en detrimento de la soberanía
dominicana ya que dichos extranjeros, protegidos por su constitución que reza
en su Artículo 11, en su acápite 2 y 3
lo siguiente. Son haitianos por origen: 2) Todas las personas nacidas en el
extranjero de padre y madre haitianos; 3) Todas las personas nacidas en Haití
de padre extranjero o, si no es reconocido por su padre, madre extranjera,
siempre que descienda de la raza negra. La calidad de nacionalidad haitiana,
tanto de origen como adquirida, no se puede eliminar el reconocimiento
posterior de padre extranjero.
Ellos nos
tildan a los dominicanos de racista, está bien claro que la lucha estéril que
llevan la gran mayoría de dominicanos defensores de la soberanía nacional en lo
que me incluyo, no es racista sino nacionalista. Por ejemplo, la Convención de la Haya de 1930
que trata el tema de la nacionalidad dice muy claramente que cada Estado tiene
la facultad exclusiva de definir y determinar quiénes son sus nacionales.
Cuando
surge el problema de “si estos señores son o no dominicanos”, ya existían leyes
y que “la única legislación con carácter de ley que se le impone a los
ciudadanos y a los poderes públicos es la sentencia 168-13 que explica cómo
debe entenderse quién es y quien no dominicano.
En la sentencia 168-13 está contemplado el
procedimiento que debe llevarse, por lo que no había necesidad de dictarse
ninguna ley ni reglamento. Es por esto que ningún gobierno puede
subordinarse a los caprichos de grupos de presión o turbas vociferantes que
toman las calles haciendo exigencias, por legítimas que sean, aunque lo que
buscan muchos de estos vocinglero que dicen llamarse “grupos populares”, que
predican la moral en calzoncillo, no es el bienestar de la mayoría de los
dominicanos sino sacar capital político y económico como ya no tiene
acostumbrado
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